miércoles, 1 de abril de 2009

Permisos

Formular, proponer y aplicar las políticas, programas y proyectos para el establecimiento, uso, aprovechamiento y desarrollo de la radiodifusión, dentro del ámbito de competencia de la Secretaría.
Planificar, asignar, registrar y, en coordinación con la Comisión Federal de Telecomunicaciones, vigilar el uso y aprovechamiento del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión.
Fijar requisitos y efectuar las publicaciones de ley respecto de las frecuencias y canales a ser concesionados en las bandas atribuidas a la radiodifusión, así como recibir, evaluar y tramitar las solicitudes correspondientes.
Fijar requisitos, evaluar y resolver sobre las solicitudes de permiso para instalar y operar estaciones de radio y televisión.
Opinar sobre los servicios de telecomunicaciones que involucren aspectos de radio y televisión.
Recibir, evaluar y, con la opinión de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, autorizar las solicitudes que presenten los concesionarios y permisionarios para prestar servicios auxiliares a la radio y televisión.
Evaluar y tramitar las solicitudes de prórroga, cesión o adjudicación de concesiones o permisos de radio y televisión y sus servicios auxiliares.
Fijar y, en su caso, modificar las características técnicas, administrativas y legales de las concesionesy permisos de radio y televisión y sus servicios auxiliares.
Evaluar, dictaminar y, en su caso, autorizar los proyectos a las reformas estatutarias de las sociedades concesionarias o permisionarias de radio y televisión, así como todos los actos que afecten los derechos concesionados y permisionados.
Autorizar, en su caso, las prórrogas por plazos establecidos para instalar, operar y explotar estaciones de radio y televisión y sus servicios auxiliares, así como por modificaciones a las características técnicas, administrativas y legales autorizadas.
Formular y tramitar las declaratorias de rescate, requisa, caducidad, revocación y abandono de trámite que procedan en términos de ley en materia de radio y televisión y sus servicios auxiliares.
Vigilar la debida observancia a lo dispuesto en los títulos de concesión, permisos y autorizaciones otorgados en materia de radiodifusión y sus servicios auxiliares, y ejercer las facultades de supervisión y verificación, a fin de asegurar que la prestación de los servicios se realice con apego a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables.
Opinar, en el ámbito de su competencia, sobre las personas físicas o morales propuestas para operar como unidades de verificación y registrar al personal técnico responsable de las estaciones de radio, televisión y sus servicios auxiliares.
Imponer sanciones por las infracciones a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas en materia de radiodifusión, o a lo dispuesto en las concesiones, permisos y autorizaciones correspondientes, así como, de manera indelegable y previo acuerdo con su inmediato superior jerárquico, reducirlas o cancelarlas.
Proponer la posición de la Secretaría en las reuniones internacionales en materia de radiodifusión, así como coordinar la integración de las delegaciones que representen a México ante foros, organismos internacionales y gobiernos en las negociaciones relacionadas con la radiodifusión.
Expedir disposiciones administrativas y elaborar los proyectos de normas oficiales mexicanas en materia de radio, televisión y sus servicios auxiliares.
Modificar o ampliar, en coordinación con la Comisión Federal de Telecomunicaciones, las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión y sus servicios auxiliares.
Realizar estudios, investigaciones y estadísticas en materia de radio y televisión y sus servicios auxiliares, así como elaborar anteproyectos de modificación, adecuación y actualización de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables en dicha materia.
Recibir y, en su caso, requerir a los concesionarios y permisionarios de estaciones de radio y televisión la información técnica, legal y financiera correspondiente a la operación de las estaciones concesionadas o permisionadas, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
Definir, en coordinación con las unidades administrativas responsables, las políticas tarifarias específicas y en su caso, fijar, aprobar y registrar las tarifas y sus reglas de aplicación para los servicios de radio y televisión.
Proponer, en coordinación con las unidades administrativas responsables, los derechos, productos y aprovechamientos aplicables a los servicios de radio y televisión y sus servicios auxiliares, y recibir los pagos correspondientes conforme a las disposiciones legales aplicables.
Opinar en relación a la importación de equipos, dispositivos y materiales utilizados en radio, televisión y sus servicios auxiliares.
Coadyuvar al mejoramiento de la calidad de los servicios de las estaciones de radio y televisión que están asignados a las dependencias y entidades de la administración pública federal y estatal


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